7.Se aterroriza a la víctima con llamadas telefónicas.
8.Se le amenaza verbalmente.
9.Se le amenaza por escrito.
10.Se rechaza el contacto con la víctima (
evitando el contacto visual, mediante gestos de rechazo,
desdén o menosprecio, etc. ).
11.Se ignora su presencia, por ejemplo dirigiéndose
exclusivamente a terceros (como si no le vieran o no
existiera).
Perfil del acosador.
Según el profesor Iñaki
Piñuel, responde al de un "psicópata
organizacional" que emplea técnicas de ataque
sutiles, manipula el entorno para conseguir aliados
entre los compañeros de trabajo o su silencio
ante esa situación, intenta "trepar"
rápidamente para desde esa posición ejercitar
mejor su acoso y, señaló el profesor,
se ha visto que muchos de ellos ya eran hostigadores
en el colegio.
B) Actividades de acoso para evitar
que la víctima tenga la posibilidad de mantener
contactos sociales:
12.No se habla nunca con la víctima.
13.No se le deja que se dirija a uno.
14.Se le asigna a un puesto de trabajo que le aísla
de sus compañeros.
15.Se prohibe a sus compañeros hablar con él.
16.Se niega la presencia física de la víctima.
C) Actividades de acoso dirigidas
a desacreditar o impedir a la víctima mantener
su reputación personal o laboral:
17.Se maldice o se calumnia a la víctima.
18.Se hacen correr cotilleos y rumores orquestados
por el acosador o el gang de acoso sobre la víctima.
19.Se ridiculiza a la víctima.
20.Se atribuye a la víctima ser una enferma
mental.
21.Se intenta forzar un examen o diagnóstico
psiquiátrico.
22.Se fabula o inventa una supuesta enfermedad de
la víctima.
23.Se imitan sus gestos, su postura, su voz y su talante
con vistas a poder ridiculizarlos.
24.Se atacan sus creencias políticas o religiosas.
25.Se hace burla de su vida privada.
26.Se hace burla de sus orígenes o de su nacionalidad.
27.Se le obliga a realizar un trabajo humillante.
28.Se monitoriza, anota, registra y consigna inequitativamente
el trabajo de la víctima en términos malintencionados.
29.Se cuestionan o contestan las decisiones tomadas
por la víctima.
30.Se le injuria en términos obscenos o degradantes.
31.Se acosa sexualmente a la víctima con gestos
o proposiciones.
D) Actividades de acoso dirigidas
a reducir la ocupación de la víctima y
su empleabilidad mediante la desacreditación
profesional.
32.No se asigna a la víctima trabajo ninguno.
33.Se le priva de cualquier ocupación, y se
vela para que no pueda encontrar ninguna tarea por sí
misma.
34.Se le asignan tareas totalmente inútiles
o absurdas
35.Se le asignan tareas muy inferiores a su capacidad
o competencias profesionales.
36.Se le asignan sin cesar tareas nuevas.
37.Se le hace ejecutar trabajos humillantes.
38.Se le asignan tareas que exigen una experiencia
superior a sus competencias profesionales.
E) Actividades de acoso que
afectan a la salud física o psíquica de
la víctima.
39.Se le obliga a realizar trabajos peligrosos o especialmente
nocivos para la salud.
40.Se le amenaza físicamente.
41.Se agrede físicamente a la víctima,
pero sin gravedad, a título de advertencia.
42.Se le agrede físicamente, pero sin contenerse.
43.Se le ocasionan voluntariamente gastos con intención
de perjudicarla.
44.Se ocasionan desperfectos en su puesto de trabajo
o en su domicilio.
45.Se agrede sexualmente a la víctima
El LIPT-60 (Gonzales de Rivera JL.
Rodriguez- Abiun, 2003) perfeccicona dicho test y agrega:
46. Ocasionan daños en sus pertenencias o en
su vehículo.
47. Manipulan sus herramientas (p.ej. borran archivos
de su ordenador).
48. Le sustraen algunas de sus pertenencias, documentos
o herramientas de trabajo.
49. Se someten informes confidenciales y negativos
sobre usted, sin notificárselo ni concederle
oortunidad para defenderse.
50. Las paersonas que le apoyan reciben amenazas o
son presionadas para que se aparten de usted.
51. Devuelven, abren o interceptan su correspondencia.
52. No le pasan llamadas, o dicen que no está.
53. Pierden u olvidan sus encargos, o encargos para
usted.
54. Callan o minimizan sus esfuerzos, logros y aciertos.
55. ocultan sus habilidades y competencias especiales.
56. Exageran sus fallos y errores.
57. Informan mal sobres us permanencia y dedicación.
58. Controlan de manera muy estricta su horario.
59. cuando solicita un permiso o actividad a la que
tiene derecho, se lo niegan o le ponen pegas y dificultades.
60. Se le provoca para obligarle a reaccionar emocionalmente.
Por otra parte según Iñaki
Piñuel:
· El primer requisito es
que se produzcan comportamientos de acoso, hostigamiento
o maltrato laboral en forma de violencia psíquica.
Esas conductas tienen una base objetiva y no subjetiva.
Existen en la realidad y no son meras sensaciones de
las víctimas. Tales conductas de violencia ni
son extremas, ni graves, ni tampoco suelen ser aparatosas,
o evidentes. Con frecuencia la violencia psíquica
es muy sutil y deja muy poco rastro externo, a excepción
del daño emocional en sus víctimas. Una
de las formas más habituales de mobbing es el
ninguneo, esto es, hacerle el vacío
personal y profesional al trabajador.
· El segundo requisito es que esas conductas
de violencia psíquica no sean simplemente incidentales
o puntuales sino que se produzcan con una cierta repetitividad.
La mayoría de los autores, desde
Leymann
hablan de una frecuencia al menos semanal.Lo
que se exige no es tanto un criterio numérico,
sino que la repetición haga que un trabajador
espere esa violencia a la hora de acudir a trabajar
y al anticiparla, y ello produzca la aparición
de un tipo especial de indefensión psíquica.
· El tercer requisito es que esa violencia psíquica
reiterada se configure como un proceso de persecución,
esto es que busque una finalidad determinada y por tanto
se configure no como algo trivial. Ese
proceso se inicia en un determinado momento y dura un
tiempo, frecuentemente años. En este proceso,
los investigadores hemos descubierto que a
partir del sexto mes de exposición al mobbing,
aparecen en promedio las secuelas psíquicas puras
y psicosomáticas clínicas graves, como
son los cuadros de estrés
postraumático, los trastornos de ansiedad,
los ataques de pánico y las depresiones reactivas.
Resulta ingenuo pretender como hacen algunos acreditar
el mobbing por la confesión de parte del acosador
en torno a su intencionalidad perversa.
El mobbing no es una simple
presión laboral" como algunos
pretenden.
Estamos hablando de violencia psíquica, no de
un conflicto, sino de un auténtico proceso de
victimización, con agresor, víctima y
una violencia psíquica que tiene una direccionalidad
y finalidad específica.
Este tipo de violencia psíquica, es auténtica
violencia, y en los estudios realizados resulta
ser mucho más lesiva a medio y largo plazo que
la violencia física.
En los casos de mobbing la creatividad en las conductas
de hostigamiento puede ser enorme. Son variaciones sobre
un mismo tema: cómo hacerle la vida imposible
a un trabajador que es o se ha vuelto por alguna razón
amenazante, mediante conductas, (nada morales
por cierto, sino en todo caso inmorales) que buscan
someterlo, minarlo, reducirlo, consumirlo, degradarlo,
apocarlo o amilanarlo.
Todo ello no siempre se hace para que se autoelimine
el trabajador como si fuera una especie de suicida laboral.
Solo el desconocimiento de los miles de casos de acoso
psíquico que se producen a diario en España
puede llevar a este error.