La
irracionalidad en la conducta es lo que mejor define
al acoso moral
Manuel
Velázquez Fernández
Licenciado en Derecho y Inspector de Trabajo y Seguridad
Social,
de Jefe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
de Vizcaya.
El acoso moral se está
convirtiendo en una práctica cada vez más
común en el entorno laboral.
Manuel Velázquez analiza este triste fenómeno
desde el punto de vista jurídico en su libro
Mobbing, violencia física y estrés en
el trabajo.
Los riesgos psicosociales, causantes del estrés
y la violencia en el trabajo son, junto a los ergonómicos,
los que afectan a más trabajadores en materia
de salud laboral y generan mayor gasto en prestaciones
sociales.
Sin embargo ningún país de la UE dispone
de una regulación completa sobre esos factores.
- Bueno, siempre se empieza a legislar por lo que
resulta más visible y en materia de seguridad
y salud en el trabajo lo primero que se ha apreciado
en el tiempo son los accidentes de trabajo que derivan
de la falta de medidas de seguridad ya que entre ellos
hay una clara relación de causalidad.
Con el paso del tiempo se legisló sobre la higiene
industrial y las enfermedades profesionales, algo sobre
lo que no hay una relación de causalidad tan
evidente por lo que el legislador tuvo que recurrir
a presunciones mediante listas cerradas de los agentes
causantes y las enfermedades que se producen.
En los llamados riesgos emergentes, derivados de las
condiciones ergonómicas y psicosociales, la relación
de causalidad entre los daños para la salud,
ya sean accidentes o enfermedades, y el trabajo resulta
más difícil de demostrar y ha sido esta
la razón que, a mi juicio, ha dificultado hasta
ahora la asimilación de estos riesgos como laborales
y el desarrollo de una legislación específica
y una práctica preventiva sobre ellos.
Ningún país dispone de una legislación
específica sobre riesgos psicosociales.
- Sí, ningún país tiene una legislación
completa y exhaustiva sobre los riesgos psicosociales.
Suecia, Francia y Bélgica disponen de una legislación
sobre la violencia en el trabajo, pero no sobre el estrés
laboral.
Incluso algunos países, como Irlanda, Alemania
o Suecia, en lo relativo al estrés laboral, han
decidido conscientemente no elaborar ninguna legislación
sobre la materia porque consideran que las normas laborales
vigentes ya resultan de por sí suficientes si
se aplican de forma adecuada y por ello han preferido
elaborar guías o códigos de práctica
que ayudan a la aplicación real de esas normas
a los supuestos de violencia y estrés en el trabajo.
Esta podría ser también una vía
a experimentar en España puesto que para muchas
normativas de prevención ya contamos con guías
del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el
Trabajo y sobre esta materia también podría
elaborarse un instrumento igual o similar.
Algunos estudios indican que dentro de los riesgos
psicosociales, la violencia psicológica es la
que representa la mayor amenaza para la salud de los
trabajadores europeos. ¿Qué engloba?
-Abarca, por una parte, los actos ofensivos contra
el derecho a la intimidad, el derecho a la igualdad
de trato y no discriminación y el derecho a la
integridad moral o a la consideración debida
a la dignidad del trabajador, que ya tenían un
amplio tratamiento en nuestra jurisprudencia, y por
otra parte, abarca también a las conductas o
comportamientos de acoso que violan tales derechos,
ya sea de acoso sexual, acoso moral o acoso discriminatorio,
lo cual sí resulta novedoso en cuanto a su tratamiento
jurídico.
Con la aparición de una doctrina científica
y jurídica sobre el acoso en el trabajo estamos
dando relevancia no solamente a los actos ofensivos
de extremada gravedad y que por sí solos ya pueden
producir efectos jurídicos sino también
a las denominadas por Vittorio de Martino como «microofensas»,
es decir, una cadena de actos que por sí mismos
y de forma separada no tienen relevancia suficiente
pero que examinados y valorados en su conjunto sí
llegan a tenerla.
La violencia psicológica en el trabajo ha aumentado
notablemente en los últimos años. ¿A
qué cree que es debido?
-Al sistema moderno de producción, que en los
últimos tiempos se ha acelerado. Cada vez existe
una mayor competencia entre los profesionales que trabajan
en una empresa y se les exige más productividad
y más disponibilidad. Si esas exigencias no están
bien dirigidas y coordinadas van generando tensión
y al final la persona acaba por estallar.
El acoso moral o mobbing, que forma parte de la violencia
psicológica en el trabajo, es muy difícil
de probar ante los tribunales. ¿Qué posibilidades
tiene el trabajador de demostrarlo?
-Depende de cada caso. Si el trabajador sólo
dispone de su propio testimonio le va a costar demostrar
que ha sido víctima de acoso moral, aunque quizá
pueda conseguirlo si su relato es muy veraz y sin incongruencias.
Va a tener muchas más posibilidades si dispone
de pruebas, por ejemplo documentales, como cartas, correos
electrónicos, partes de trabajo u órdenes
escritas.
En su libro detalla UD. cómo deberían
prevenirse los riegos psicosociales y cómo abordar
los daños que provocan en la salud. ¿Conoce
alguna empresa que lo esté haciendo?
Lo están haciendo todas las empresas que han
sido requeridas en este sentido por la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social.
De propia iniciativa y sin que medie nuestra intervención
hay muy pocas que lo lleven a cabo, sólo algunas
empresas de gran dimensión o incluso también
algunas instituciones públicas del País
Vasco combinando el uso de cuestionarios con entrevistas
y reuniones directas entre los trabajadores afectados
por la evaluación para hacer un correcto diagnóstico
de la situación y de la identificación
de los factores de riesgo, ya que es ésta precisamente
la parte más difícil de la gestión
de la prevención de estos riesgos.
En cualquier caso, lo que sucede es que los resultados
positivos de esas acciones tardan en conocerse y sólo
en contadas ocasiones se aprecian de forma inmediata
o a corto plazo.
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales de
1995, acogida en su momento con muchas esperanzas, no
ha reducido significativamente la siniestralidad y las
enfermedades profesionales ¿Cree que debería
aplicarse con más rigor, sobre todo las sanciones?
Los datos de siniestralidad son el único indicador
objetivo con el que contamos en estos momentos para
medir el estado de las condiciones de trabajo, sin embargo
es un indicador que se debe analizar con cierto rigor
porque se presta a visiones sesgadas.
La siniestralidad ha aumentado durante los años
posteriores a la aprobación de la Ley y en el
último año ha disminuido. Tanto en un
caso como en otro todavía desconocemos en profundidad
cuáles son las causas de este fenómeno.
En cualquier caso, la relación entre multas y
accidentes ha subido en la misma proporción en
los últimos años.
Pero tampoco se ha hecho un estudio sobre la influencia
de las multas en la mejora real de las condiciones de
trabajo en las empresas y ésta es una tarea que,
a mi juicio, se debería de abordar en los próximos
años.
Manuel Velázquez Fernández
Licenciado en Derecho y Inspector de Trabajo y Seguridad Social,
de Jefe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Vizcaya.