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ARTICULOS
Vivir
para trabajar, trabajar para vivir o morir por trabajar
Hace un año todos
nos sobresaltamos cuando escuchamos en las noticias
que, un arquitecto de France Telecom se había suicidado.
"Sobrecarga de trabajo" y una "gestión basada en el
terror" rezaba la carta que acompañaba al cuerpo.
Mas impactante fue descubrir que
no era un caso aislado y que con éste, la cifra
de suicidios en ésta compañía desde
el 2008 ascendía a 46 trabajadores.
En Febrero de 2010, la Inspección de trabajo
francesa emitió un informe que revela que los
suicidios están ligados a su "política
de reorganización y mando" puesta en marcha
en 2006 con el objetivo de provocar la salida de 22.000
trabajadores, lo que llevó a la dirección
a presionar a los empleados.
Tras este informe, la Fiscalía de París
ha abierto una investigación al operador francés
de telecomunicaciones France Télécom por
"acoso moral y puesta en peligro de la vida de
terceros".
Y, sus máximos responsables (ex director general
Didier Lombard, el que fuera su número dos Louis-Pierre
Wenés y el director de Recursos Humanos, Olivier
Barberot) están en el centro de la acusación.
Hoy, el actual director general de la compañía,
ha reconocido por primera vez el suicidio de un trabajador
como un accidente de trabajo en contra de la opinión
de la Inspección de Asuntos Sociales y de un
comité interno.
En seguida me pregunté:
¿Se han producido casos
de este estilo en Empresas Españolas y, se han
considerado accidente de trabajo?El TSJ de Extremadura
ha recordado que el suicidio puede considerarse en ocasiones
enfermedad laboral en una sentencia que condena a una
compañía y a su aseguradora por la muerte
de un trabajador que se tiró por un puente de
camino a una cita de trabajo. La crisis económica
está obligando a tener más en cuenta los
riesgos psicosociales dentro del ámbito laboral.
Abogados y médicos del Trabajo opinan que es
necesario prevenir la aparición de patologías
mentales en el entorno laboral como, por ejemplo, se
previene el riesgo de incendio.
Sentencia
del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura 603/2009,
de 14 de diciembre
¿Qué medidas adoptamos en España
para prevenir estas situaciones?
La sobrecarga de trabajo, la frustración,
el miedo al paro en épocas de crisis y otros
desencadenantes del estrés laboral pueden conducir
en ocasiones a situaciones límite.
La Encuesta Europea de Condiciones de Trabajo refleja
que uno de cada cinco trabajadores sufre estrés
en su trabajo. El problema es cómo lo afrontan;
el drama es que algunos no lo resisten.
Las empresas españolas tienen el deber de protección
de los trabajadores frente a los riesgos laborales (evitar
riesgos, evaluar riesgos que no se pueden evitar, combatir
riesgos) por ello en cada empresa debe de haber un organización
preventiva que dependiendo el tamaño de la misma
estará formado por un trabajador designado a
estas tareas, y un servicio de prevención propio
o ajeno (a elegir).
El servicio de prevención tiene varias disciplinas
Seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía
y psicosociología aplicada y vigilancia en la
salud.
En mi experiencia laboral, siempre he trabajado con
servicio de prevención ajeno y os puedo asegurar
que el patito feo de todas ellas ha sido
la psicosociología aplicada.
Por lo que me han informado, hay fundaciones que han
diseñado programas para empresas que se preocupan
por estos temas y trabajan detectando las conductas
que generan estrés y así trabajar con
los empleados que presentan niveles de ansiedad superiores.
Creo que, las direcciones generales de las empresas
deberían plantearse seriamente adoptar medidas
para poder paliar éstas situaciones porque, no
sólo el empleado valoraría ésta
ayuda sino que además aumentaría la productividad.
fuente: recursos humanos- human resources
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