UNA GRABACIÓN DE UNA CONVERSACIÓN
ES VÁLIDA PARA DEFENDERSE DE UN DESPIDO
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha admitido
como prueba la propuesta por una empleada en un proceso
de despido consistente en la grabación de conversaciones
mantenidas entre ella y la responsable de su departamento.
Las grabaciones de conversaciones entre los empleados
y sus jefes pueden ser aportadas a un procedimiento
de despido por los propios trabajadores para utilizarlos
en su defensa.
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid
ha ordenado repetir un procedimiento abierto por despido
porque el juez de primera instancia denegó la
prueba presentada por la trabajadora despedida que contenía
conversaciones con su superior.
La empleada pidió que finalizara su contrato
de trabajo porque después de reincorporarse de
una baja maternal fue destinada a un departamento técnico,
lo que consideró una discriminación, ya
que había desempeñado su trabajo en el
departamento de recursos humanos. La decisión
de la empresa de cambiarle de departamento entendía
que era discriminatoria.
Lo relevante de este caso en que el juez de primera
instancia se negó a admitir como prueba las
grabaciones realizadas por la empleada de conversaciones
entre ella y la responsable de su departamento.
Además, desestimó la demanda.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ordenado
que se repita de nuevo el proceso desde el momento en
que se denegó la prueba porque entiende está
amparada por la ley, que establece la
validez de los medios mecánicos de reproducción
de la palabra, de la imagen y del sonido.
De igual forma, tal prueba la avala el Tribunal Constitucional.
TSJ Madrid, Rº 4056/2007, sentencia de 14-XI-2007.
::Acoso Moral Laboral
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