::Mobbing: Acoso moral laboral

ACOSO LABORAL - MOBBING



:: Mobbing - Acoso moral en el Trabajo
Portada
Objetivo
¿Qué es el mobbing?
RECURSOS
Artículos
Legislación
Prensa
Dónde denunciar
Testimonios
Otros tipos de Acoso
Casos
Videos
Colaboraciones
¡Desahogate aquí!
Enlace a otros sitios
Contáctenos

 

  ARTICULOS

PARAGUAY
Freezer: Proyecto de LEY en estudio

EMPLEADOS PÚBLICOS Y PRIVADOS

La ley "Contra la violencia sicológica laboral en las Instituciones Públicas" en su versión original sólo contemplaba a los funcionarios públicos. Sin embargo, a partir de las modificaciones introducidas por la comisión de de Derechos Humanos (DDHH), también cubriría a los privados. Esta incorporación fue duramente atacada por los Senadores parlamentarios a instancias de los empresarios consiguiendo su archivamiento temporal, aunque el Dip.Nac. Justo Cárdenas prometió volver a reimpulsarlo a mediados de julio del 2011.

El objeto de la ley es "definir, prevenir y sancionar las diversas formas de violencia sicológica laboral, agresión, maltrato, vejámenes, trato desconsiderado u ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan sus actividades laborales en instituciones, entidades o empresas públicas y privadas, entes autárquicos, autónomos y/o descentralizados", dice el documento.

El proyecto presentado en octubre del 2009 ante la Cámara de Diputados tiene dictámenes a favor de dos comisiones. La de Derechos Humanos (DDHH), el 7 de abril de 2010, fue la que planteó más modificaciones significativas. La comisión de Justicia, Trabajo y Previsión Social, en su dictamen previo hizo menos cambios.

¿QUÉ SANCIONAN?

"Para los efectos de la presente ley se entenderá por violencia sicológica laboral toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un funcionario, por parte del jefe o superior jerárquico, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror, angustia, perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir a la renuncia del mismo", según el proyecto modificado por DDHH.

La violación revestirá "especial gravedad" en los casos en los que "la víctima se encuentre en una situación de particular vulnerabilidad, por razón de su edad, estado de salud, inferioridad jerárquica, opción sexual u otra condición análoga".

MODALIDADES DE MALTRATO

La ley define diversas modalidades de violencia sicológica laboral:

La Agresión laboral es "todo acto de violencia contra la integridad física o moral o atentatoria contra sus libertades u opciones sexuales, así como los bienes de quien se desempeñe como funcionario en Instituciones Públicas y/o establecimientos privados".

El Maltrato laboral es "toda expresión verbal injuriosa o ultrajante que lesione la integridad moral o los derechos a la intimidad y al buen nombre de un funcionario en su lugar de trabajo".

La Humillación laboral es "todo comportamiento tendiente a menoscabar la autoestima y la dignidad del funcionario".

La Persecución laboral es "toda conducta cuyas características de reiteración o evidente arbitrariedad permitan inferir el propósito de inducción a la renuncia del funcionario, mediante la descalificación, carga excesiva de trabajo, cambios permanentes de horario y cualquier otra forma de producir desmotivación o perjuicio laboral".

Corresponsal Patricia Lafuente

::Acoso Moral Laboral
 

Artículos de PARAGUAY

Corresponsal Patricia Lafuente
Lic. en Ciencias de la Comunicación por la UC de Asunción

Proyecto de LEY en estudio
Proyecto de LEY EN ESTUDIO - El proyectista
Proyecto de LEY EN ESTUDIO - Legislación vigente
Proyecto de LEY EN ESTUDIO - Empleados públicos y privados
Proyecto de LEY EN ESTUDIO - Indemnización y sanción
Proyecto de LEY EN ESTUDIO - ¿Qué será delito?
Proyecto de LEY EN ESTUDIO - Contemplando normas extranjeras

:: Mobbing - Acoso moral en el Trabajo


Contacto con webmaster
Stop al mobbing