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ESPAÑA
Condenan a una empresa a pagar 55.000 euros por 'mobbing' a un trabajador (Madrid)

07-04-2011 / 21:20 h

Madrid, 7 abr (EFE).- La titular del Juzgado de lo Social número 12 de Madrid, Francisca Arce, ha condenado a Explotaciones Cerámicas Españolas a indemnizar con 55.000 euros a un trabajador que sufrió acoso laboral ('mobbing') por parte del propietario de la empresa tras denunciar que se incumplía la legislación medioambiental y la normativa de prevención de riesgos laborales.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe y contra la que cabe recurso de súplica ante la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, también se condena a la empresa al pago de 134.706 euros en concepto de indemnización derivada de la extinción a instancia de trabajador, que demandó a la empresa con el apoyo de los servicios jurídicos de UGT-Madrid.

Los hechos se remontan a 2006, cuando el trabajador, ingeniero de minas y director facultativo de la compañía, presentó varios informes a ésta en los que daba cuenta de irregularidades en el cumplimiento de la regulación de Minas y Medio Ambiente, que afectaban a viviendas próximas.

También comunicó a la empresa que estaba vulnerándose la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

A partir de este momento, la empresa le impidió visitar la explotación minera, que estaba en Guadalajara, y el 24 de agosto de 2007 le apercibió por bajo rendimiento en su trabajo.

Una vez elegido, el 8 de junio de 2008, delegado de Personal y delegado de Prevención elaboró distintos informes en los que figuraban irregularidades detectadas por él mismo y por un servicio de prevención ajeno, "como el nivel de polvo superior al permitido por la ley, la necesidad de uso de mascarillas por los trabajadores, vertidos al río Tajo o la falta de agua potable", según la sentencia.

Posteriormente, el trabajador fue obligado a compartir un despacho con dos trabajadoras hermanas entre sí y sobrinas del consejero delegado, lo que le impedía desarrollar con normalidad sus funciones de representante legal, y también le retiraron la cuenta de correo electrónico.

El trabajador se encuentra en tratamiento psicológico, aquejado de trastorno adaptativo, y presenta síntomas depresivos asociados a estrés laboral.

A raíz de las denuncias, la Inspección de Trabajo levantó acta de infracción en dos ocasiones: La primera por 'mobbing', proponiendo la imposición de una sanción de 60.500 euros y la segunda, por incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, proponiendo una sanción de 53.275 euros. EFE

fuente: abc.es

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