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PRENSA
URUGUAY
- 10.02.2010 | 17.52
El Parlamento aprobó ley que protege derechos de personas
discapacitadas
Tras cinco años de idas y vueltas,
el Parlamento finalmente aprobó la ley para la protección
integral de los derechos de las personas con discapacidad.
El senador de Alianza Nacional Ruperto Long, uno de
los impulsores de la iniciativa, la calificó como “uno
de los proyectos legislativos más importantes y ambiciosos
en materia social” y aseguró que se trata de “un salto
cualitativo y cuantitativo” en cuanto a su aplicación
en casos concretos. El legislador explicó algunos puntos
centrales de la norma, que incluyen la creación de la
figura del “asistente personal” para los casos de “discapacidades
severas”, la prohibición de construir espacios públicos
que no contemplen el concepto de accesibilidad y disposiciones
similares para el transporte, entre otros. “Se puede
llegar, aunque sea sobre la hora y en el último minuto”,
dijo aludiendo a la fecha de sanción de la ley, próxima
a la finalización del período parlamentario.
(emitido a las 8.58 hs.)
EMILIANO COTELO:
Pocos días antes del final de su mandato, los
parlamentarios completaron esta semana la aprobación
del proyecto de ley para la protección integral
de las personas discapacitadas.
Es una iniciativa que había sido presentada
en el año 2005 y ahora, después de años
de idas y venidas, se vuelve finalmente realidad. Con
un detalle importante además: fue votada ayer
en la Asamblea General por unanimidad de presentes.
El texto, que fue impulsado por el senador blanco Ruperto
Long, obliga al Estado a adoptar medidas para atender
y apoyar a personas con algún tipo de discapacidad
y al mismo tiempo prevé incentivos para aquellas
empresas que empleen a personas discapacitadas.
También incluye disposiciones sobre la accesibilidad,
tanto para edificios como para espacios públicos
o medios de transporte, un viejo déficit que
Uruguay arrastra y que hemos tratado muchas veces aquí
En Perspectiva.
¿De qué universo
estamos hablando? Según los datos del
año 2004, los únicos oficiales con los
que se cuenta por ahora, en Uruguay tienen algún
tipo de discapacidad el 7,6% de la población,
es decir unas 210.000 personas.
Vale la pena entonces conocer cuales son los avances
que ahora quedan consagrados y por eso es que vamos
a conversar en los próximos minutos con el ingeniero
Ruperto Long, senador de Alianza Nacional (AN).
***
EC ¿Por qué
si este proyecto comenzó a ser discutido en 2005
sale recién ahora, en el final, casi con la puerta
cerrándose en el Palacio Legislativo, y además
sale con el quórum justito?
RUPERTO LONG:
Porque es un proyecto complejo, que abarca una parte
importante del Estado. Incluye cinco o seis Ministerios
por lo menos, incluye también los gobiernos departamentales,
requiere por supuesto la voluntad política de
los diversos partidos que tienen sus distintas visiones,
las opiniones de las organizaciones de la sociedad civil
vinculadas al tema de la discapacidad, que son una cantidad
muy grande, todo lo cual da un trabajo grande.
En la Comisión de Población de Desarrollo
e Inclusión del Senado nos tomó los dos
primeros años, casi todas las semanas, para lograr
esa primera versión del texto.
Es un proyecto del orden de 100 artículos, uno
de los proyectos grandes que se ha aprobado en esta
legislatura. En materia de políticas sociales
debe ser de los proyectos más importantes y más
ambiciosos. Me cuesta calificarlo porque estuve desde
el arranque, pero como trabajaron a la par excelentes
colegas de otros partidos me siento más libre
para decir que es de los avances realmente importantes
en materia social en este quinquenio en materia legislativa.
EC Es un proyecto muy ambicioso
efectivamente, usted mencionó al pasar que tiene
casi 100 artículos, ¿no?
RL Sí.
ROSARIO CASTELLANOS:
Tiene 93.
EC Pero además varios
de ellos extensos, muy detallados, los interesados en
el tema pueden recurrir al texto completo. Pero si lo
miramos globalmente, ¿cómo lo resume usted?
RL Yo lo resumo como un salto cualitativo y
cuantitativo respecto de la ley
16.095, aquella ley
EC -
porque había una
ley en Uruguay.
RL Exacto. La ley histórica, emblemática,
de hace 20 años exactamente, que fue aprobada
y fue un gran mérito en su época pero
fue una ley esencialmente para establecer principios,
criterios, declaraciones, pero en otros aspectos no
llegaba a concretar lo suficiente. Igual fue un gran
salto para la época.
Lo que hemos aprendido de aquella ley es que muchas
de esas cosas no se implementaron porque no se establecieron
con precisión. Acá hay un cambio también
en la denominación: aquella era de la protección
de las personas, lo cual tenía una especie
de criterio un poco paternal, el resto de la ciudad
tenía que proteger a la persona con discapacidad.
Esta ley es de protección de los derechos
de las personas con discapacidad, porque las personas
con discapacidad se pueden valer perfectamente solas
y abrirse camino en la vida y está absolutamente
demostrado con el simple hecho de que sus derechos
sean protegidos.
Todos los ciudadanos de la república tenemos derecho
a ir a cualquier lugar del país, pero las personas
con discapacidad no, ¿por qué? Porque hay
lugares donde hay escalones, lugares donde no se puede
acceder, entonces, ¿qué prevé esta
ley? Medidas que permitan que esos derechos puedan ser
efectivamente ejercidos.
Hay un salto cualitativo y un salto cuantitativo en
cuanto a precisar en algunos capítulos igualmente,
menos de los que hubiéramos querido nosotros
y menos de los que hubieran querido muchísimas
organizaciones, cosas muy concretas que se crean
ahora o que se establecen con plazos que van a hacer
que esta ley tenga un impacto mayor en la vida cotidiana.
Podemos poner una cantidad de ejemplos, de esos ejemplos
prácticos que creo que la gente va a entender.
EC Mencione uno o dos.
RL En materia del acceso al trabajo se establece
un beneficio para las empresas privadas, porque en el
campo público ya existe una obligatoriedad que
la ley también recoge y le hace algunos complementos
del 4% de las personas que estén en la plantilla
del Estado. Pero a su vez establece para el área
privada beneficios como la exoneración del aporte
patronal sobre aquellas personas que sean contratadas
que tengan una discapacidad, incluso aquellas que trabajen
a domicilio, que es muy importante porque en algunos
casos de discapacidad el transporte es todo un problema.
Entonces esa persona trabaja en su casa, en regla obviamente,
con todo en orden, y la empresa puede tener un incentivo
importante que es ahorrarse el aporte patronal.
Alguien puede decir lo que importa es la característica
de la persona y obviamente también lo sabemos.
Pero lo dice la estadística, la mayoría
de las veces la persona que va a emplear prefiere a
una persona que no tenga una discapacidad, entonces
nosotros tenemos que poner un contra estímulo
que diga lo pienso dos
veces y de repente tomo otra decisión.
Le voy a poner otro ejemplo bien concreto vinculado al
trabajo: la prioridad para las personas con discapacidad,
establecida también aquí en la ley en las
concesiones públicas, de pequeños espacios,
pequeños comercios como kioscos, locales
en terminales de autobuses siempre y cuando tengan
la capacidad de llevar adelante ese emprendimiento, con
lo cual se establece todo un mecanismo.
Es algo que por ejemplo en España ha dado un
resultado extraordinario. La Once, que es esa organización
muy conocida
EC -
la Organización
Nacional de Ciegos de España.
RL Exactamente.
EC Tiene a esta altura una
incidencia muy fuerte esta sociedad española
a partir de lo que fue en su momento la reglamentación
y la legislación con respecto a discapacitados.
Venden bijoutería, ¿no?
RL Exacto, tiene kioscos en las ciudades españolas
donde vende y para eso tiene prioridad. Entonces, si
se presenta y acredita una persona ciega que tiene las
características adecuadas se le da esa prioridad.
Son medidas concretas, a eso es lo que me refería,
más allá de que hay por supuesto un conjunto
muy grande principios que son los que sustentan estas
cosas.
EC Yo agregaría al
listado que usted maneja la introducción de esta
figura del asistente personal, el establecimiento
del derecho a contar con un asistente personal en el
caso de personas con discapacidades severas.
RL Exacto. La ley define dos cosas que son también
muy importantes. Qué es una persona con discapacidad
severa: es aquella que tiene dificultades en las cosas
básicas, es decir higiene, alimentación.
Y la segunda, que el asistente tiene que ser una persona
con título habilitante, acá no se trata
de hacer una gauchada, que el primo le dé
una mano.
Están empezando a haber algunas carreras que
preparan personas para atender y ayudar a personas con
discapacidad pero está muy incipiente; esto va
a generar toda una camada de gente de cualquier edad,
probablemente joven
EC -
lo que se establece es
que esa persona con discapacidad severa tiene derecho
a que el Estado pague ese asistente.
RL Exactamente. La persona que va a pagar físicamente
porque no queríamos generar burocracia
es el discapacitado. Él es el titular de ese
derecho y es el que contrata a esta persona. En la medida
que acredite que contrató una persona con estas
características el Estado le compensa hasta un
determinado monto que fijará para ese caso.
Esto es un avance muy importante, se ha luchado muchísimo
por esto. No son tantas las personas con discapacidades
severas pero muchas veces están en una situación
realmente extrema. No pretendemos llegar a que esto
sea Suiza o Suecia pero empecemos a cubrir por lo menos
los casos más extremos. La potestad le quedó
al Poder Ejecutivo con el asesoramiento del Banco de
Previsión Social (BPS), pero no queríamos
tampoco que el que definiera fuera el pagador porque
si no eso genera
En definitiva el que define esto
es el Poder Ejecutivo, el que lleva adelante este programa
con el asesoramiento del BPS para aquellas personas
que acrediten estas condiciones para por lo menos empezar
a cubrir los casos extremos que todos conocemos y que
son realmente terribles.
EC Rosario, tú
has leído el proyecto, conoces los antecedentes
del debate parlamentario y has trabajado en este tema
en distintas ocasiones en el programa. ¿Por dónde
están tus primeras preguntas?
RC Hay un concepto que me parece muy interesante
porque siempre hemos hablado de accesibilidad al trabajo
y en realidad el primer objetivo que se plantea en el
artículo 4º es un concepto mucho más
abarcador, el de rehabilitación integral.
A tal punto que se prevé
hasta la forma de evitar accidentes que produzcan discapacidades.
¿En qué medida tuvieron en cuenta ese
concepto que prácticamente abarcaba todos los
aspectos de atención a este problema?
RL Tenemos los dos problemas. Uno es el de la
prevención, hay que ver los casos. Cuando uno
empieza a conocer los casos que hubieran sido perfectamente
evitables y a veces casos extremos el tema
de la prevención está sin duda. Pero luego
la rehabilitación; cuando surge algo como Teletón,
por ejemplo, todos vemos lo que puede llegar a ser la
rehabilitación.
Pero por supuesto, eso no alcanza, es una pequeña
parte, hay que hacer un gran esfuerzo en el tema de
rehabilitación. También se va a tener
que ir incluyendo gradualmente un esfuerzo de inversión
público-privado, como estos casos, a veces mixto,
porque a veces hay exoneraciones o beneficios.
Pero el Uruguay tiene que tener muchos más centros
de rehabilitación, distribuidos geográficamente.
Hay instituciones Apadista en Tacuarembó,
por ejemplo que están haciendo una labor
muy buena de rehabilitación y que hay que apoyarlas
también.
EC - ¿La ley prevé
que la rehabilitación sea desarrollada por el
Estado o que el Estado apoye a las instituciones privadas
que cumplen con ese tipo de servicio?
RL La ley define conceptos más generales.
Le voy a dar mi opinión personal, al margen de
la ley. Yo creo que es importante el esfuerzo particular
de las organizaciones de todo tipo y por supuesto que
el Estado tiene un rol de apoyo esencial; si no es muy
difícil llevar adelante cualquier iniciativa
de este tipo. A menudo empiezan absolutamente a pulmón
para transformarla en un conjunto de facilidades para
tener pisicinas o lugares en que se pueden hacer determinadas
cosas si no hay algún tipo de apoyo del Estado.
Creo que esa es la combinación ideal. Apadista,
que tiene años, Teletón, otras varias
RC Pero sin llegar al extremo de ese tipo de
patologías graves, también hay un tema
que se refiere a la capacidad de educación, de
formación para el trabajo, de personas que de
pronto simplemente por su discapacidad no han podido
llegar a un centro donde se les brinde. También
está previsto entonces que tiene que estar accesible
su educación y su formación en las mismas
condiciones que tiene una persona sin discapacidades.
Hoy por hoy hay centros de estudio que todavía
no tienen una rampa.
RL Sí. Un tema menos mencionado que el
tema de la accesibilidad física es el caso de
las personas sordomudas. El tema del lenguaje de señas,
que está admitido legalmente pero en la mayor
parte de las facultades por ejemplo no hay traductores
entonces no permite llegar al nivel terciario a cantidad
de gente que tiene todas las capacidades para ello.
RC Textos en braile.
RL Exactamente. Es tan enorme el conjunto de cosas
que es imposible en todas tener un avance al mismo tiempo;
pero hay muchas cosas que se consagran, como esta que
estamos mencionando.
Pero me parece muy importante el tema de la educación
porque si uno mira la encuesta de 2004 hay una diferencia
muy grande de educación y hay una diferencia
muy grande de ingresos y de ocupación. La persona
con discapacidad realmente tiene menos educación,
menos acceso al trabajo y cuando accede al trabajo gana
menos. Es claramente un fenómeno de un sector
de la población que está desfavorecida.
RL ¿Y qué dice el proyecto en
esta materia? El artículo 40 establece que: El
Ministerio de Educación y Cultura en coordinación
con la ANEP deberá facilitar y suministrar a
la persona con discapacidad en forma permanente y sin
límites de edad en materia educativa física,
recreativa, cultural y social, los elementos o medios
científicos, técnicos, o pedagógicos,
necesarios para que desarrolle al máximo sus
facultades intelectuales, artísticas, deportivas
y sociales.
Luego, en el 41 se dice que: La equiparación
de oportunidades para las personas con discapacidad
desde la educación inicial en adelante, determina
que su integración a las aulas comunes se organice
sobre la base del reconocimiento de la diversidad como
factor educativo, de forma que apunte al objetivo de
una educación para todos posibilitando y profundizando
el proceso de plena inclusión en la comunidad.
Se garantizará el acceso a la educación
en todos los niveles del sistema educativo nacional
con los apoyos necesarios. Y para garantizar dicha inclusión
se asegurará la flexibilización curricular,
la flexibilización de los mecanismos de evaluación
y también la accesibilidad física y comunicacional.
Los principios están muy claros, falta saber
cómo se lleva a la práctica esto
RL Hay muchísimos temas que incluye esta
ley. Por ejemplo el tema de la accesibilidad, por primera
vez se introducen plazos de común acuerdo con
los diversos actores en la materia. Se establece por
ejemplo que no se va a otorgar ningún permiso
de construcción para los espacios públicos
que no contemplen la accesibilidad; los espacios públicos
no son siempre espacios del Estado, son por supuesto
escuelas, liceos, teatros, pero también son los
espacios privados de uso público como la plaza
de un shopping, un teatro, un cine, es un conjunto importante
de edificios que son públicos y privados pero
con concurrencia de público; y ni que hablar
las calles. Segunda cosa, cuando el Estado
EC -
en términos concretos
estamos hablando de incluir rampas y/o ascensores, esas
son las dos grandes herramientas para la accesibilidad.
RL Sí. Además eso está normalizado
por un hito, o sea que no es poner cualquier rampa, con
cualquier pendiente, con cualquier ancho, todo eso está
normalizado y la ley específicamente se refiere
a las normas Unit, que deberán ser cumplidas a
cabalidad.
También se establece que aquellas licitaciones
públicas que no incluyan este requisito pueden
llegar a quedar nulas.
Y luego y esto me parece esencial, para
todo el universo que estamos manejando por primera vez
se establece un plazo. Se deberá fijar un determinado
cronograma, con intervención de los entes del
Estado, pero que en ningún caso podrá
exceder los ocho años a partir de la fecha de
entrada en vigencia de la presente ley, que suponemos
que será dentro de una semana aproximadamente.
A partir de la semana que viene, dentro de un máximo
de ocho años, en Uruguay no puede quedar ningún
espacio público que no sea accesible.
EC - Es un objetivo muy firme, complicado
de cumplir también porque si hablamos de accesibilidad
hasta están comprendidas las veredas.
RL Sí, por supuesto.
EC Las veredas en Uruguay,
con todas las baldosas saltadas que tienen, con los
pozos, con las raíces de los árboles,
etcétera, son un problema para la accesibilidad,
dejando de lado que tengan rampas o no para subir al
cordón. Las veredas en sí mismas, con
el mal estado que tienen, son un problema para la accesibilidad,
para circular con una silla de ruedas o un carrito de
bebé incluso. ¿Así que el plazo
de ocho años también va a regir para el
estado de las veredas?
RL (Risas).
RC ¿Y para el transporte colectivo?
RL Hay otras normas a las que voy enseguida.
Quiero decir que este plazo fue muy discutido. No se
piensen que pusimos cualquier plazo, por supuesto arrancamos
con un plazo menor sensiblemente, el Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente fue el primero,
luego el Ministerio de Economía, y no tengo
problema en decirlo hasta hace unas pocas semanas,
ya con post elecciones, estuvimos discutiendo el tema
con el Ministerio de Economía. Y no nos molesta
nos parece bien, creo que hay que poner los contrapesos
adecuados, tampoco se puede decir se hace en un
año, es imposible. Así llegamos
a los ochos años, en base a determinadas estimaciones
que lo entienden como un plazo exigente pero posible
y eso me parece bien. Llegamos a un acuerdo con todos
los actores, incluso con algunos de los que van a estar
en actividad en este próximo tiempo.
El transporte está en el siguiente capítulo
y también tiene la virtud de establecer un plazo.
Aquí se dice que en un plazo máximo de cinco
años deberán existir unidades de transporte
con estas características en cada departamento
del país y cada empresa de transporte colectivo
deberá tener al menos una unidad accesible por
línea de recorrido. Yo supongo que podrá
buscarse lugares donde no haya demanda o algo, puede haber
alguna excepción, pero el concepto general es que
haya al menos una unidad por línea de recorrido
en el plazo de cinco años.
Ya hay algunas unidades pero ha sido más por
voluntad de las empresas; creo que llega la hora de
empezar a ajustar un poquito la ropa al cuerpo y a eso
apunta la ley.
***
EC Hay una cantidad de preguntas
de los oyentes, además de las que tiene Rosario
prontas. Por ejemplo: A nivel público ¿en
Uruguay se capacitan maestros especiales para discapacitados?,
pregunta Javier de Cardona. Las lozas de las veredas
de Ciudad Vieja son intransitables para todos,
dice Martín del Centro. ¿Qué
se prevé a los efectos de los discapacitados
intelectuales?, ¿qué mejora en concreto
y ya?, ¿dónde se atiende por consultas
específicas?. Dice otra oyente: Soy
madre de una hija con discapacidad motora, hoy estudiante
universitaria. La lucha ha sido ardua pero vale la pena,
más allá de que el Estado nunca ayudó.
Hoy, donde estudia, el IPA, no hay rampa y es uno de
los tantos casos, señala María.
***
EC - ¿Rosario?
RC Sí, yo tengo una preocupación
con el capítulo II del artículo 13, que
tiene que ver con la creación de la Comisión
Nacional Honoraria de la Discapacidad (CNHD), un organismo
que funcionará en la jurisdicción del
Ministerio de Desarrollo Social (Mides). Cuando se explica
cómo estará integrado viene un listado
de 13 organismos públicos más representantes
de todas las organizaciones que se ocupan de personas
con discapacidad. Estamos hablando de una comisión
realmente multitudinaria, que entre todas sus facultades
tiene nada menos que la de elaborar un proyecto de reglamentación
de la presente ley que elevará al Poder Ejecutivo
para su aprobación. Lo que me preocupa es la
reglamentación, que depende de esta comisión,
sin plazos, que originalmente lo tuvo. Todo lo que tiene
que ver con arquitectura tiene plazos y está
aprobado; pero hay definiciones importantes hasta por
ejemplo sobre quién tiene derecho a tener un
asistente.
RL Sí, por supuesto. En toda ley el tema
de la reglamentación es importante, ahí
juega mucho la voluntad política. En este caso
estamos confiados de que la va a haber, es un tema de
mucha sensibilidad en el cual hemos estado de acuerdo
todos los partidos como se ha dicho aquí
reiteradamente, hemos dialogado muchos con los ministerios
y organismos de modo que confiamos en que esto va a ir
para adelante.
Pero una cosa muy importante: la CNHD hoy día
existe y está funcionando razonablemente bien;
yo no me voy a poner a juzgar a la CND, no soy un experto
en el tema pero entiendo que está haciendo su
trabajo, lo está haciendo con dedicación
y ha logrado avances. De modo que confiamos en que esa
comisión va a tomar con entusiasmo incluso la
reglamentación y que en un plazo no demasiado
grande aunque reitero que el tema es complejo
elaborará ese proyecto de reglamentación;
luego el Poder Ejecutivo será el que lo tendrá
que ajustar y acomodar.
EC En definitiva la inquietud
de Rosario tiene que ver con esto: ¿cuándo
producirá efectos prácticos esta ley?
RL Le entiendo claramente por supuesto el desvelo
que todos tenemos, y más conociendo este país
RC -
pienso más por la expectativa de
la gente que nos está escuchando, que de pronto
tiene un problema a resolver.
RL - Como dice Carlos Maggi habitualmente: la
odisea del despacio. En este país es eterno,
la prueba está en que esta ley tomó casi
cinco años en aprobarse. Pero la CNHD está
trabajando, existe hoy y se pondrá a hacer la
ley. No es una nueva comisión, es la misma que
existe hoy día. Lo que nosotros proponemos, y
que en algún momento se instrumentará
a lo largo de este proceso, es alguna modificación.
Esta comisión es muy numerosa, tiene un número
importante de integrantes y funciona. Estamos confiados
de que esa reglamentación se va a dar porque
le va en su interés directo, va a avanzar en
ella y se la va a proponer al Poder Ejecutivo.
Sí hay alguna modificación en la integración.
Las organizaciones vinculadas al tema de la discapacidad
son muchas, entonces se busca que las asociaciones de
segundo grado todas aquellas que nuclean un conjunto
de organizaciones tengan la posibilidad de acceder
de alguna forma.
Pero reitero, no estamos creando una nueva CND, es
la misma que hoy día está, que tiene competencias
parecidas en realidad va a tener más en
la medida que este proyecto va agregando nuevos campos
y por lo tanto puede empezar a trabajar la semana que
viene, después de que el presidente promulgue
la ley. O sea que con buena voluntad
Otra cosa importante es que la primera versión
de la reglamentación se ha puesto en manos de
los directamente involucrados. Por supuesto que después,
como corresponde, porque además estamos en una
democracia, tendrá que ser el Poder Ejecutivo
electo el que tome la decisión final. Pero quienes
elaboren las bases de eso van a ser los propios interesados.
EC Una de las tantas preguntas
de la audiencia es si en la categoría de discapacitados,
entre quienes son abarcados por esta ley, se incluyen
los ancianos no-autoválidos.
RL Depende del grado, depende del caso, pero
es verdad, y lo reflejan las encuestas acá y
en todo el mundo, que la causa que crece más
rápidamente de discapacidad es la longevidad.
En la medida que todos vivimos más años
empieza a pasar que alguna parte del cuerpo no funciona:
la persona no oye u oye con dificultad, pierde la vista
o parte de la vista, o pierde el uso de la motricidad
de un brazo o una pierna. Esas personas por supuesto
que son discapacitadas. Muchas veces es todo un proceso,
al principio es muy leve y ahí obviamente no
entra en esta categoría, pero a quién
le corresponde y a quién no le corresponde esa
categorización lo define el Ministerio de Salud
Pública con el BPS.
RC Ya que planteé una duda, me gustaría
que la siguiente pregunta fuera por el contrario un
festejo. Explique qué es esto del Premio Nacional
a la Integración, un aliciente que me parece
interesante que la ley también haya contemplado.
RL Del mismo modo que hay exigencias que tratan
de ir arrimando la ropa al cuerpo, también
hay estímulos de primer nivel. Hoy día hay
premios, como el Premio Eslabón Solidario por ejemplo,
y reconocimientos que son valiosos. Pero este sería
ya un reconocimiento establecido por la ley, con las propias
autoridades nacionales de la más alta investidura
entregándolo, con un jurado que estudia y reconoce
aquellos casos de integración ejemplares.
Durante ocho años y hasta este año
fui presidente del Comité Paralímpico
Uruguayo, y siempre pensé que el gran valor de
los atletas paralímpicos uruguayos, como Jorge
Lerena, Henry Borges y otros que podamos nombrar, es
que son faros que iluminan el camino. Hay infinidad
de muchachos jóvenes y veteranos que ven esa
persona y dicen si el pudo hacer eso, como Jorge
Lerena que fue medallista olímpico, entonces
yo también puedo, por lo menos puedo salir a
correr o a moverme un poco en la calle, en el parque.
Esto es lo mismo, si yo veo alguien que lo logró...
Pero la sociedad tiene que destacarlo, nuestra sociedad
es medio mezquina, le cuesta reconocer y premiar todas
esas cosas. A veces las vemos como algo que roza los
egoísmos personales.
Pero bueno, vamos a destacar ejemplos y esa entrega
de premios anual hay que hacerla bien, con un jurado
como la ley establece, una cosa con seriedad. Va a haber
buenos ejemplos, van a tener el honor de que los inviten
a En Perspectiva (risas). Entonces eso es como un faro,
una guía, es algo que uno dice ¿por
qué no?.
EC Y por otro lado también
hay sanciones. Cuéntenos el caso concreto de
ese delito que pasa a considerarse: la utilización
de un espacio de estacionamiento previsto para discapacitados.
RL Esto se incorpora al artículo 34-75
del Código Penal para que no haya dudas
es un delito, no es una sanción: El
que ocupare los lugares reservados para las personas
con discapacidad en los estacionamientos de vehículos
sin tener la condición de tal..., que es
algo que subleva. Yo he visto hasta coches oficiales
estacionados en lugares de discapacitados, con jerarcas
que van y vienen
EC -
acá se opta por
establecer una medida drástica.
RL Drástica. Esto lo discutimos por supuesto,
si uno se pone a sancionar sanciona muchas cosas, pero
quisimos poner una medida que mostrara fuerza, para
decir que esto va en serio. Cuando realmente haya alguna
persona llevada ante la Justicia por esto creo que va
a ser una noticia que va a llamar la atención.
Y va a ser un aviso: nunca
más se haga el vivo. Confiemos en
que eso lleve a que la gente no se haga la viva en otras
cosas. Pero había que elegir una y esta nos pareció
realmente abusiva; que a una persona la hagan caminar
con su silla de ruedas dos cuadras para que alguien
de bacán venga y se instale al lado de la puerta
del supermercado me parece algo realmente indignante.
***
EC Gracias por acompañarnos
esta mañana.
RL Gracias a ustedes. Este es un proyecto con
moraleja. Primero, la tenacidad de varias personas,
destaco a la senadora Margarita Percovich, al diputado
Pablo Álvarez, al senador Amaro, a Susana Dalmás,
a Pablo Abdala, a Asqueta y varios más, un conjunto
de gente que luchó cinco años por esto.
Se puede llegar, aunque sea sobre la hora y en el último
minuto.
Y la otra cosa es agradecerles a ustedes. A veces las
cosas que no consisten en denostar a nadie no tienen
prensa. Acá tienen y eso vale.
fuente: epectador.com
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